PATRIMONIO AUTÓNOMO
Un mecanismo de respaldo vinculado al seguro de crédito, constituido con recursos separados para una finalidad específica.
PATRIMONIO SEPARADO PARA UNA FINALIDAD DETERMINADA
Un patrimonio autónomo está conformado por bienes, derechos y obligaciones que se mantienen separados del patrimonio general de la institución y se destinan al cumplimiento de un propósito específico.
En el ámbito cooperativo, esta figura puede utilizarse como parte de mecanismos de respaldo asociados al seguro de crédito, conforme a la normativa y documentación que resulte aplicable.
¿CÓMO FUNCIONA ESTA FIGURA?
La separación patrimonial permite identificar claramente los recursos, su finalidad y las condiciones bajo las cuales deben ser administrados.
SEPARACIÓN
Los recursos destinados al patrimonio autónomo se diferencian del patrimonio general de la cooperativa.
FINALIDAD ESPECÍFICA
Los bienes, derechos y obligaciones que lo integran se administran para el propósito previamente establecido.
ADMINISTRACIÓN ORDENADA
Facilita la identificación, control y seguimiento de los recursos vinculados al mecanismo de respaldo.
MARCO NORMATIVO
Su funcionamiento se encuentra sujeto a las disposiciones de la SBS y a la documentación institucional correspondiente.
RELACIÓN CON LOS MECANISMOS DE RESPALDO
El Patrimonio Autónomo del seguro de crédito está orientado a respaldar las obligaciones comprendidas dentro de su finalidad y condiciones.
¿QUÉ BUSCA FORTALECER?
- La identificación y separación de los recursos asignados.
- El cumplimiento de una finalidad institucional específica.
- La administración ordenada del mecanismo de respaldo.
- La transparencia de la información dirigida a los socios.
ALCANCE DE LA INFORMACIÓN
La constitución de un patrimonio autónomo no reemplaza la evaluación de cada operación ni modifica por sí sola las obligaciones asumidas por el socio.
Su alcance concreto debe revisarse en la autorización, contratos, reglamentos y demás documentos institucionales aplicables.
ASPECTOS ESENCIALES
| ASPECTO | DESCRIPCIÓN |
|---|---|
| Naturaleza | Conjunto de bienes, derechos y obligaciones separados del patrimonio general. |
| Finalidad | Cumplir un propósito específico vinculado al mecanismo institucional de respaldo. |
| Administración | Los recursos deben gestionarse conforme a las condiciones y documentos que regulan su constitución. |
| Supervisión | Se encuentra sujeto a la normativa aplicable y a las disposiciones emitidas por la Superintendencia de Banca, Seguros y AFP. |
MARCO NORMATIVO
Consulta la autorización otorgada a COOPAC CREDIVAC y el reglamento aplicable a los Patrimonios Autónomos de Seguro de Crédito.
OFICIO N.º 71772-2023-SBS
Documento mediante el cual la SBS autoriza a COOPAC CREDIVAC a constituir un Patrimonio Autónomo de Seguro de Crédito.
RESOLUCIÓN SBS N.º 1308-2019
Reglamento de Patrimonios Autónomos de Seguro de Crédito de las Cooperativas de Ahorro y Crédito no autorizadas a captar recursos del público.
INFORMACIÓN PARA SOCIOS Y USUARIOS
Para conocer el alcance, condiciones y documentación relacionada con el Patrimonio Autónomo, comunícate con los canales oficiales de COOPAC CREDIVAC.
