Patrimonio Autonomo

Según el procedimiento N° 179 del Texto Único del Procedimiento Administrativo (TUPA) de la Superintendencia de Bancos y Seguros AFP (SBS), en concordancia con el artículo 4 del Reglamento de Patrimonios Autónomos de Seguro de Crédito de las Cooperativas de Ahorro y Crédito, aprobado por Resolución SBS N° 1308-2019 y sus modificaciones, contamos con la autorización correspondiente para establecer el Patrimonio Autónomo del seguro de crédito.

Definición de Patrimonio Autónomo de Crédito en Perú: El Patrimonio Autónomo de Crédito en el Perú se refiere a un conjunto de bienes, derechos y obligaciones segregados y destinados específicamente para respaldar operaciones crediticias de una entidad financiera, como una cooperativa de ahorro y crédito. Este patrimonio se encuentra separado del patrimonio general de la institución y está diseñado para proteger los intereses de los acreedores y garantizar la estabilidad financiera en caso de incumplimiento o insolvencia.